ASOCIACIÓN DE PADRES DIVORCIADOS Y SEPARADOS DE ASTURIAS - ASPADISA

Inicio

¿QUÉ QUEREMOS?

 

     

1.      ASOCIACIÓN.

2.      NUESTROS HIJOS.

3.      LEGISLACIÓN.

4.      ALIENACIÓN PARENTAL.

5.      VIOLENCIA DOMÉSTICA.

6.      MEDIACIÓN.

7.      CUSTODIA COMPARTIDA.

8.      SEPARACIÓN Y DIVORCIO.

9.      LEY DE DIVORCIO.

10.  IGUALDAD.

 

1. ASOCIACIÓN.

 

La Asociación de Padres Divorciados y Separados de Asturias - ASPADISA ha sido creada en el año 2003  y lucha por los derechos del padre separado, para que no sea discriminado ni judicial ni social ni económicamente tras los procesos de separación o divorcio. Está presente en muchas Comunidad Autónomas de España y en algunos países latinoamericanos. El problema de los padres separados  es un importante problema social en Asturias. Se calcula que en nuestra comunidad hay casi 20.000 hombres separados o divorciados, produciéndose más de 2.000 separaciones al año. Forma parte junto con otros movimientos tanto nacionales como extranjeros del movimiento en defensa de los derechos del hombre como padre y como hombre y lucha contra los excesos del feminismo radical. Nuestras principales reivindicaciones son:  

 

  • El divorcio directo sin necesidad de que haya separación previa.

  • La custodia compartida de los hijos tras los procesos de separación o divorcio.

  • La persecución penal del incumplimiento del régimen de visitas.

  • Que los abuelos no pierdan el contacto con los nietos.

  • La implantación de Puntos de Encuentro Familiares totalmente imparciales.

  • Juzgados de Guardia para velar por el cumplimiento de los regímenes de visitas.

  • Implantación de la mediación familiar para evitar los conflictos violentos en la pareja.

  • La persecución de oficio de las denuncias falsas de malos tratos o de abusos sexuales.

  • Creación de centros de acogida para hombres maltratados.

  • Establecimiento de pisos de acogida para hombres obligados a abandonar su vivienda.

  • La liquidación de los bienes gananciales en el momento del divorcio.

  • La desaparición de las pensiones compensatorias para el otro cónyuge.

  • La creación del Instituto de la Familia y la desaparición del Instituto de la Mujer.

  • Creación de Juzgados de Familia en todas las grandes ciudades.

 

Pero fundamentalmente por lo que luchamos es por nuestros hijos, nosotros creemos que los hijos necesitan a su padre y a su madre para su correcto desarrollo. Actualmente en nuestro país uno de cada cuatro matrimonios acaba en ruptura, y estas cifras están aumentando  por lo que el niño de padres separados está marginado con respecto al niño de los padres que continúan casados, que mantienen la figura paterna y la materna. Por eso tenemos la Custodia Compartida de los hijos como nuestra bandera.

 

 

2. NUESTROS HIJOS.

 

Y es que el número de divorcios y de separaciones ha aumentado considerablemente en los últimos años en nuestro país. Según el Centro de Investigaciones Sociológicas, el número de divorcios había aumentado un 47% y el de separaciones matrimoniales en más de un 50% en los últimos años. Eso significa que muchos niños estarán situándose en situaciones para las cuales no están preparados.


        En todo caso, si el niño está viviendo situaciones no idóneas, por ejemplo, de constantes peleas, discusiones, que terminan en maltrato, problemas de alcoholismo o drogas, y que el ejemplo de su madre o padre  no sea el más adecuado, será más beneficioso para él que sus padres se separen. Esta comprobado que el niño sufre mucho más en situaciones en que los padres son infelices juntos que cuando deciden vivir separados. Los niños quieren sentir que sus padres son felices. Es importante considerar que al tomarse la decisión de separarse se analice primero la relación con los hijos, los cambios que éstos pueden sufrir, las razones que se tendrán que presentar a los hijos, y sobre todo que la decisión no afecte ni comprometa a las necesidades básicas de los niños. El niño continuará necesitando de cariño, de cuidados, de atención, de apoyo, decomprensión, etc.

 

    Nosotros creemos que aunque separados, la pareja ya no es una pareja de matrimonio pero jamás dejará de ser una pareja de padres para sus hijos. No se puede olvidar que los niños tienen derechos y necesidades básicas como la alimentación, el alojamiento, el cuidado, la salud, la educación, la vestimenta, en resumen, atenciones de todo tipo. Los niños sólo se sentirán seguros si existe un clima de confianza, respeto, y de afecto con sus padres. En general los divorcios son muy traumáticos para los hijos.

 

Para explicar a los hijos una separación,  lo ideal sería que los hijos fuesen informados sobre la situación de una forma adecuada según la edad, que no se hablase mal a los hijos de su padre o madre, que se concediese tiempo a los hijos para que asimilen y entiendan la nueva realidad, que los hijos se sintiesen seguros, y que todos tuviesen una orientación profesional y consejos que les ayudasen a  comunicarse y resolver el problema. Es importante que la información sobre la separación de la pareja sea dada al hijo por sus padres y no por terceras personas.

 

Algunas sugerencias son: Explicar al niño que sus padres ya no pueden o no desean vivir juntos y que a partir de ahora vivirán en distintas casas; hablar con los hijos de la realidad de la separación teniendo el cuidado de no culpabilizar a nadie; asegurar  repetidamente a tus hijos que ambos padres les siguen queriendo igual o más que antes y que él será visitado por el padre o la madre que no tenga su custodia; mantener constantes al máximo los aspectos habituales del hijo: domicilio, entorno, relaciones con los padres, colegio, horarios; asegurar que ellos no tienen ninguna responsabilidad por lo que ocurrió, por el divorcio. Ellos no tienen la "culpa". La culpa la tiene el padre y la madre por igual; tratar de proteger las opiniones positivas que el hijo tenga de ambos padres; facilitar la relación del hijo con el progenitor no custodio siendo flexible en los horarios, etc..

 

            En definitiva, lo fundamental para un niño es saber que sigue contando con un padre y una madre, para él su padre y su madre son únicos e insustituibles, además ambos progenitores tienen iguales deberes y derechos con respecto a sus hijos,  pero esto no es solo nuestra opinión, esto está refrendado por todas las declaraciones de derechos que han sido aprobadas en el mundo.

 

3. LEGISLACIÓN. 

 

Así la Declaración Universal de los Derechos humanos. adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas dice en su artículo 16:

 

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

 

La Declaración de los Derechos del Niño aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas dice en su artículo 6:

 

El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

 

La Convención sobre los Derechos del Niño aprobada igualmente por la Asamblea General de las Naciones Unidas dice: 

 

Artículo 5  

 

            Los Estados Partes respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres o, en su caso, de los miembros de la familia ampliada o de la comunidad, según establezca la costumbre local, de los tutores u otras personas encargadas legalmente del niño de impartirle, en consonancia con la evolución de sus facultades, dirección y orientación apropiadas para que el niño ejerza los derechos reconocidos en la presente Convención.

 

Artículo 9

            1. Los Estados Partes velarán por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior del niño. Tal determinación puede ser necesaria en casos particulares, por ejemplo, en los casos en que el niño sea objeto de maltrato o descuido por parte de sus padres o cuando éstos viven separados y debe adoptarse una decisión acerca del lugar de residencia del niño.  

 

 El Tratado por el que se establece una Constitución para Europa aprobado por el pueblo español en referéndum el 20 de febrero de 2005 dice en su artículo II-84:

 

Derechos del niño

 

1. Los niños tienen derecho a la protección y a los cuidados necesarios para su bienestar. Podrán expresar su opinión libremente. Esta será tenida en cuenta para los asuntos que les afecten, en función de su edad y madurez.

2. En todos los actos relativos a los niños llevados a cabo por autoridades públicas o instituciones privadas, el interés superior del niño constituirá una consideración primordial.

3. Todo niño tiene derecho a mantener de forma periódica relaciones personales y contactos directos con su padre y con su madre, salvo si ello es contrario a sus intereses.

 

4.ALIENACIÓN PARENTAL.

 

            En la situación actual, la custodia de los hijos se le da casi siempre a la madre. Se calcula que en un 95% de los casos esta recibe la custodia, es decir, siempre salvo que sea manifiestamente incapaz de atenderlos o renuncia a la custodia. A veces se argumenta que los hombres no piden la custodia, pero para el padre pedir la custodia significa iniciar un procedimiento contencioso que finaliza la mayoría de los casos dándose la custodia a la madre. Hay casos de hombres e hijos abandonados por la madre, en que al cabo de un tiempo esta regresa y solicita la custodia y se le da pese a que los hijos estaban cuidados por el padre.

 

El principal problema del padre separado es la relación con sus hijos tras el proceso de separación. Al padre, normalmente el progenitor no custodio, se le impone un régimen de visitas escaso, que consiste normalmente en poder verlos cuatro días al mes, dos fines de semana alternos, y la mitad de las vacaciones escolares. Pero lo peor es cuando la madre decide incumplir el régimen de visitas, impidiendo al padre ver a sus hijos. El padre se ve discriminado frente a la madre ya que mientras el impago de la pensión de alimentos es considerado un delito el incumplimiento del régimen de visitas es considerado una simple falta. Además el padre, para hacer que se cumpla la sentencia ya dictada donde se le reconoce un derecho de visita ha de iniciar un nuevo proceso judicial con el consiguiente desgaste tanto económico como emocional que ello conlleva. Muchas veces las denuncias se acumulan  sin que se tomen medidas. Y es que además la Justicia no tiene medios para verificar que los regímenes de visitas se cumplan.

 

Este hecho de que se impida al padre ver a sus hijos a menudo es acompañado por el progenitor custodio por una serie de criticas hacia el otro cónyuge predisponiendo a los hijos contra el padre, es lo que se conoce como “El Síndrome de Alineación Parental” o “SAP” que se define como el rechazo de los hijos hacia uno de los progenitores a raíz de un proceso de separación o divorcio.

 

Miembros del Equipo de Asesoramiento Técnico Civil de Cataluña, que trabajan al servicio de los juzgados de familia para intervenir en situaciones de crisis familiar conflictiva en procesos de separación y divorcio con menores, han elaborado un  estudio sobre el llamado Síndrome de Alineación Parental, descrito por primera vez por el doctor Gardner, el año 1985. Estos técnicos, han constatado que uno de los conflictos más recurrentes en los procesos de separación y divorcio es el rechazo filial hacia uno de los progenitores.

 

Uno de los principales resultados de la  investigación es que el 73,5% de los progenitores alienados (rechazados) son padres, de entre 36 y 45 años, ya que, por factores de tradición legal y cultural, la custodia de los hijos se entrega mayoritariamente a las madres. Más de la mitad de los padres que padecen el rechazo muestra una actitud reivindicativa ante esta situación. Por el contrario, el perfil de quién provoca el rechazo corresponde a una mujer de entre 35 y 45 años, que tiende a obstaculizar la comunicación paterno-filial con uso de estrategias de alarma social con implicaciones legales. También destaca que un 61,4 % de los progenitores que generan el rechazo obstaculizan de manera directa el contacto paterno-filial. Respecto a  los menores, el SAP está mas presente en hijos de 10 a 12 años, es decir, en la preadolescencia, etapa de mayor capacidad de pensamiento independiente y presencia de emociones polarizadas e intensas. También se ha constatado que la expectativa de que el menor sea escuchado judicialmente a partir de los 12 años genera en el progenitor custodio un refuerzo en la manipulación de los hijos acompañado de un incumplimiento del régimen de visitas.

 

5.VIOLENCIA DOMÉSTICA.

 

Este incumplimiento del régimen de visitas y separación de los hijos del padre está en la base de muchos episodios de violencia doméstica, el progenitor custodio en bastantes ocasiones utiliza a los hijos como “arma” contra el otro cónyuge. Así, hace poco el Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid alertaba de que hasta un 30% de los hijos de padres separados son usados como arma arrojadiza de un cónyuge contra otro. Nosotros creemos que las administraciones públicas deben de garantizar que se cumplan estos regímenes de visitas ya que no olvidemos que el padre tiene derecho a estar con sus hijos pero también el hijo es el que tiene derecho a estar con sus padres.

 

Así como decíamos antes la Constitución Europea, recientemente aprobada por el pueblo español, en su artículo 84.3 dice: “Todo niño tiene derecho a mantener de forma periódica relaciones personales y contactos directos con su padre y con su madre, salvo si ello es contrario a sus intereses.”

 

El proceso de separación a menudo se ve acompañado de denuncias de malos tratos, normalmente de la mujer hacia el hombre. Una vez denunciado el marido, la justicia puede adoptar lo que se conoce como medidas provisionalísimas mediante las cuales se expulsa al hombre del hogar, aparte de otorgar la custodia de los hijos a la madre y en ocasiones una pensión compensatoria; la adopción de estas medidas va acompañada a veces de una orden de alejamiento mediante la cual el padre no puede acercarse a la madre ni a su hijo.

 

Todo este tipo de medidas crea para algunos padres separados una situación explosiva que muchas veces trágicamente desemboca en episodios de violencia. Una gran parte de la violencia  doméstica se produce durante los periodos de separación. Además ayuda a que se produzcan estos hechos el que para conseguir todas las ventajas antes apuntadas a menudo se recurre a las denuncias falsas, denuncias consentidas y utilizadas por determinados colectivos con determinados intereses. Las denuncias falsas de malos tratos en los procesos de separación y divorcio constituyen una auténtica lacra social, lacra denunciada por el mismo Consejo General del Poder Judicial donde alerta del uso fraudulento de estas denuncias para obtener posiciones de ventaja en los procedimientos civiles de separación o divorcio. Este uso fraudulento ha sido denunciado también por la Juez Decana de Barcelona, entre las críticas de los grupos feministas radicales, interesados en mantener el actual estado de cosas. Es una autentica perversión de la Justicia. Muchos padres y hombres pasan noches en el calabozo simplemente por ser denunciados lo cual constituye una flagrante violación de la presunción de inocencia.

 

            La APFS estima que para solucionar los conflictos de pareja y evitar que lleguen a su expresión violenta es necesario adoptar medidas sociales además de las penales. Creemos que para la solución de los problemas se necesita de un diálogo lejos del pensamiento único. En este sentido la Ley contra la Violencia de Género recientemente aprobada contradice el espíritu que fomenta la pacificación de los conflictos. La Ley de Violencia de Género criminaliza los conflictos de pareja. Es positivo la referencia a la educación, los medios de comunicación, la acción social, la sanidad, la publicidad, pero se continua con la penalización de los conflictos lo cual muchas veces no hace sino agravarlos. El Código Penal invade el ámbito de las relaciones personales. Se impide la reconciliación con medidas como la expulsión de inmigrantes o la suspensión del régimen de visitas por faltas. Se tipifica como delitos hechos que no son graves. Además las medidas como ordenes de alejamiento se incumplen en un 90% de los casos. Se produce un colapso de los juzgados. También, la imputación de delitos a una parte dificulta las tareas de mediación familiar.

 

  6. MEDIACIÓN.

 

            Nuestra Asociación defiende la necesidad de adoptar medidas preventivas y sociales para evitar las posibles situaciones de violencia en el ámbito familiar. Los sucesivos gobiernos de la nación han adoptado hasta ocho medidas de carácter penal en los últimos años, sin embargo, los niveles de violencia doméstica no disminuyen. Las medidas penales como ordenes de protección, ordenes de alejamiento, aumento de denuncias, agravamiento de las penas, no consiguen evitar la violencia además de generar una espiral de odio en el ámbito familiar. Introducir el derecho penal en el ámbito familiar hasta el punto en el que se hace es una auténtica aberración jurídica. Solo afrontando el problema con medidas sociales se puede combatir el problema con mayor eficacia. La ley de violencia de género hace hincapié en la violencia cuando son las mujeres las victimas pero nosotros creemos que en la familia son victimas niñas, niños, ancianas, ancianos, mujeres y hombres. Hay un número elevado de hombres muertos en el ámbito familiar.

 

En los 24 años transcurridos desde la aprobación de la Ley de Divorcio asistimos frecuentemente, a rupturas conyugales en las que el procedimiento judicial determina ante todo la victoria de un cónyuge sobre el otro, resultado que en multitud de ocasiones prima sobre cualquier otra circunstancia, llegando hasta el hundimiento del contrario sin que, al parecer, nadie se dé cuenta de que en este tipo de procedimientos la derrota de una parte suele conllevar la derrota de todos: el desgaste emocional de la pareja, el sufrimiento innecesario de los hijos, el detrimento de las futuras relaciones personales paterno-filiales y económicas, etc.

 

La mediación surge como un toque de cordura dentro de la confusión existente, devuelve la tranquilidad perdida en la ruptura y ayuda a las partes a asumirla, a organizar sus futuras relaciones, y, en definitiva, a ser los auténticos protagonistas de los acuerdos y los responsables de su cumplimiento. Hay multitud de rupturas que no pueden tener cabida en la mediación, pero para las que hay alguna posibilidad, vale la pena intentarlo; es una garantía de imparcialidad, profesionalidad, y sensatez. La mediación es la intervención de un equipo mediador (psicólogo y abogado), que ayuda a la pareja a conseguir acuerdos para que su separación o divorcio se realice de forma menos conflictiva, y puedan seguir ocupándose de sus hijos aunque ellos hayan dejado de ser pareja.

 

La mediación familiar tiene en España una historia relativamente corta comparada con otros países, donde dicho sistema se aplica desde distintos ámbitos (judicial, administrativo,  privado) con una gran aceptación. En España su historia es más reciente, y aunque viene siendo defendida por diferentes instituciones y profesionales desde hace veinte años, solamente desde hace cinco se ha comenzado a regular a través de normativas autonómicas, y a aplicarse en el ámbito publico canalizándose mediante  las corporaciones locales y asociaciones. Es una formula extrajudicial asumida voluntariamente por los cónyuges, que  intentan a través de  un tercero imparcial (mediador familiar), que facilita la comunicación entre ambas partes, adoptar una serie de acuerdos, relacionados con su nueva situación familiar, duraderos y que faciliten la continuidad en la relación de ambos progenitores con sus hijos en un ámbito de corresponsabilidad parental.

 

. En el contexto internacional, es particularmente relevante esta materia, así la Recomendación R-98-1 del Comité de Ministros del Consejo de Europa a los estados miembros,  realza la eficacia de esta institución en vista de las experiencias obtenidas en diversos países, señalando entre otros beneficios, como una alternativa extrajudicial de resolver los conflictos que surgen en las situaciones de separación y divorcio, consiguiéndose acuerdos amistosos que aseguren el mantenimiento de relaciones personales entre padres e hijos. Nosotros creemos que a ser posible la custodia compartida de los hijos por ambos padres ha de figurar en los acuerdos que se alcancen.

 

7. CUSTODIA COMPARTIDA.

 

Esta custodia compartida es nuestra principal reivindicación y la de todo el movimiento de padres. Creemos que los hijos tras la separación de los padres deben de seguir teniendo padre y madre. Actualmente los hijos son separados injustamente de sus padres, produciéndose una situación de discriminación con respecto a los demás niños que siguen gozando de padre y madre, el padre también se ve discriminado por razón de su sexo, cosa difícil de entender cuando vamos a una sociedad igualitaria entre hombres y mujeres no solo ante la ley sino en términos reales. Sin embargo, actualmente, uno de cada cuatro niños se ven separados de sus progenitores. Esta separación es en muchos casos la base de episodios de violencia doméstica.

 

Nosotros pedimos que las administraciones públicas velen por el cumplimiento del régimen de visitas mientras no se apruebe la custodia compartida pedimos que se cree una red de Puntos de Encuentro Familiares ya que actualmente si el progenitor custodio incumple el régimen de visitas, no tiene una respuesta contundente por nuestro ordenamiento jurídico ya que esto está penalizado solo mediante falta. Por otro lado, como decíamos antes, la custodia compartida es la solución coherente con una sociedad que preconiza la igualdad de hombres y mujeres en términos reales, con la incorporación de la mujer al mundo laboral en pie de igualdad con el hombre, el padre debe de ocupar el espacio vacío que deja la madre en el hogar. Se pasa de una situación en que el hombre trabajaba fuera del hogar y la madre trabajaba cuidando de la casa y de los hijos a otra en que hombres y mujeres trabajan fuera del hogar y hombres y mujeres cuidan del hogar y de los hijos. El cuidado de los hijos es un derecho de ambos padres, pero también es un deber. La paternidad es un acto de responsabilidad.

 

Otro aspecto positivo de la custodia compartida es que hace disminuir la violencia doméstica, ya que evita que el hijo pueda ser usado como arma arrojadiza del progenitor custodio contra el progenitor no custodio. En países como Francia, Estados Unidos, Canadá o Suecia, países donde se ha aprobado, la custodia compartida ha hecho disminuir los índices de violencia doméstica.

 

Creemos que la ley de divorcio debe de aprobar la custodia compartida como primera opción ya que actualmente, el proyecto solo menciona que se otorgará solo cuando haya acuerdo entre los cónyuges, esto va a ser difícil ya que estimamos que en el caso de que no haya acuerdo, la custodia es probable que se siga dando a la madre como hasta ahora, por lo que es ella quien decidirá si hay custodia compartida.

 

Otro aspecto que criticamos es que no se dé la custodia compartida cuando uno de los cónyuges esté inmerso en un proceso de violencia doméstica ya que ello puede alentar las denuncias falsas.

 

En definitiva la aprobación de la custodia compartida ayudará a combatir la violencia doméstica, garantizará el derecho de los hijos a relacionarse con ambos progenitores, igualará a hombres y mujeres en sus responsabilidades familiares y permitirá que ambos cónyuges puedan incorporarse en igualdad de condiciones al mundo laboral.

 

8. SEPARACIÓN Y DIVORCIO.

 

La APFS ASTURIAS  estima que estas premisas deben de plasmarse en las separaciones y divorcios. Nuestra asociación busca siempre el máximo entendimiento posible en las separaciones ya que ello repercute en el bien del menor. Es fundamental que, independientemente de las causas, se intente afrontar la separación de la forma más civilizada posible, teniendo muy presente que por muy mal acuerdo de separación que logremos entre las partes, siempre será más positivo que una separación contenciosa, que no hará sino enfrentar a las partes durante un periodo largo de tiempo, con unos costes económicos y emocionales impredecibles y con unas consecuencias negativas para los hijos.

 

Como antes apuntábamos es muy recomendable recurrir a los servicios de mediación familiar, que facilitarán la toma de decisiones equilibradas en el proceso de separación y, si es necesario, a la terapia familiar que nos ayudará a asumir nuestro futuro de forma responsable y a rehacer nuestra vida por separado sin ver un enemigo en el excónyuge. Para ello nosotros recomendamos algunas pautas:.Antes de la Separación intentar que no haya enfrentamientos delante de los hijos, no utilizar a los hijos en contra del otro progenitor, limitar la intervención de familiares y amigos a lo estrictamente necesario, explicar objetivamente a los hijos el porqué de la separación, evitar reproches, insultos y acusaciones innecesarias, no buscar causas, sino afrontar el futuro.

 

Durante la separación es muy importante no abandonar de forma inesperada el hogar, es preferible llegar a un acuerdo amistoso antes que meterse en un contencioso jurídico, si es posible despedirse amigablemente, evitar escenas melodramáticas el día de la despedida, ahorrarse quejas y lamentaciones sobre el miedo a afrontar la vida en soledad.

 

Después de la separación es bueno recordar que el divorcio no es sinónimo de guerra o de derrotar al otro, sino de intentar ambas personas reconducir su vida por separado, no cambiar radicalmente la vida habitual ni la de los hijos, procurar verse lo menos posible, sobre todo al principio, en todo momento intentar llegar a un acuerdo sobre todo aquello que aún se tiene en común, sobre todo lo concerniente a los hijos, hablar sin apasionamiento del progenitor no custodio. No recordar actitudes negativas del otro, ni culpabilizarlo de la situación, comprender los trastornos emocionales de todos los integrantes de la familia, llegar a acuerdos sobre visitas sin horarios rígidos y a ser posible escuchando al menor, procurar no hacer un negocio económico cuando llega el momento de la separación de gananciales, evitar comprar el amor de los hijos, acaparando su atención y cariño exclusivo cuando está con uno de los padres, ser cautos ante los hijos con las muestras de afecto ante las nuevas amistades de los padres, intentar no arrojarse en una nueva relación por puro despecho con el ex, si alguno de los miembros tiene una nueva relación, el progenitor custodio debe eludir forzar a los hijos a renunciar a su padre o madre biológicos ya que es fundamental que los hijos tengan la seguridad de que sus padres siguen queriéndolo, por encima de sus desavenencias personales.

 

Respecto a los hijos es fundamental asegurar repetidamente que ambos padres les quieren, es fundamental mantener constantes el máximo de los aspectos habituales de su hijo: domicilio, entorno, relaciones con el otro progenitor, colegio... ; tranquilizar al hijo asegurándole que será visitado por el padre que no tiene la custodia de él, si el cónyuge no custodio no se ocupa de los hijos encontrarle un sustituto, hablar a los hijos de la realidad de la separación sin culpabilizar a nadie, asegurarles que ellos no son responsables del divorcio, explicar que el divorcio es definitivo, tratar de proteger las opiniones positivas que el hijo tenga de ambos padres y facilitar la relación con el progenitor no custodio. Desgraciadamente la Ley del Divorcio de 1981 al otorgar la custodia a un solo cónyuge y al calificar nuestro ordenamiento el incumplimiento del régimen de visitas como falta hace que muchas veces el hijo no se pueda relacionar con ambos progenitores, por lo que creemos que la nueva Ley de Divorcio debe corregir este defecto.

 

9. LEY DE DIVORCIO.

 

            La nueva realidad social hace que la Ley de Divorcio de 1981 se haya quedado obsoleta. Se ha producido un cambio importante en la realidad familiar desde el momento de la incorporación de la mujer al mundo laboral. Vamos a una sociedad en la que hombres y mujeres son iguales, no solamente ante la ley, si no en términos reales, por lo tanto creemos que si el modelo tradicional era la de que el hombre trabajaba fuera de casa y la mujer trabajaba cuidando del hogar y de los hijos, ahora que la mujer aspira a la igualdad laboral con el hombre, las responsabilidades familiares deben de ser compartidas igualmente.

 

El proyecto de nueva ley de divorcio tiene tres reformas básicas: La no-exigencia de culpabilidad para pedir el divorcio, el establecimiento del divorcio directo y la adopción de la custodia compartida. Creemos que esta terna de reformas son positivas.

 

El hecho de que el cónyuge que solicitaba el divorcio debiera de alegar causas como la infidelidad, el abandono de hogar, el alcoholismo...hacía que los juicios de separación se convirtieran en una especie de combate donde ambos cónyuges se lanzaban acusaciones mutuas, algunas veces infundadas y casi siempre exageradas, con el objeto de justificar su petición de separación, lo cual favorecía las acusaciones falsas y la generación de conflictividad y violencia, por lo tanto el que no haya necesidad de alegar causas favorece la disminución de la conflictividad en los procesos de separación.

 

La no-necesidad de solicitar la separación previa para obtener el divorcio, al hacer que no sean necesarios dos procedimientos, disminuye por una parte el coste económico y por otra la carga emocional al reducirse los plazos de este, disminuye también por tanto las posibilidades de que se produzca violencia. No olvidemos que un porcentaje bastante importante de episodios de violencia doméstica se producen durante el proceso de separación.

 

Para nosotros la más importante reforma del nuevo proyecto es que por fin se hable de la custodia compartida de los hijos en nuestro ordenamiento jurídico. La custodia compartida de los hijos tras los procesos de separación ya ha sido adoptada en países con una mayor experiencia en temas de separación como Francia, Canadá, Estados Unidos, Suecia, Australia... y allí donde se ha adoptado han disminuido los conflictos de pareja tras la separación.

 

En la situación actual, una vez que se inicia el proceso de separación, el padre separado se ve en una situación francamente difícil en lo que respecta a su relación con los hijos. Sea por tradición social o sea por jurisprudencia judicial, sistemáticamente la custodia de los hijos se le da a la madre, hablamos de que en un 95 % de los casos se le da la custodia, salvo en los casos en que manifiestamente la madre no puede atender a sus hijos o renuncia a ella. Dada la custodia a la madre, esta lleva acarreada normalmente el uso del domicilio conyugal, una pensión de alimentos para el hijo a cargo del padre y en muchos casos una pensión compensatoria para la madre.

 

Sobre la cuestión de las pensiones compensatorias estimamos que estas deben de darse solo en los casos estrictamente necesarios y evidentes. No debe verse el matrimonio nunca como un negocio donde se obtiene una vivienda y una pensión. La pensión compensatoria vitalicia es totalmente injusta ya que además fomenta la dependencia de una parte, normalmente la mujer, respecto de la otra, normalmente el marido, nosotros creemos en una sociedad de hombres y mujeres libres y por lo tanto independientes económicamente, creemos que ahí es donde radica la verdadera igualdad.

 

10.IGUALDAD.

 

            Hombres y mujeres nos casamos con igualdad de derechos ante la ley, sin embargo tras la separación esta igualdad queda en entredicho. Y es que el hecho de que tras la separación a la mujer se le otorga el papel de cuidar de los hijos y al hombre el papel de hacer frente a las cargas económicas responde al modelo tradicional de familia. La incorporación de la mujer al mundo del trabajo fuera del hogar hace cambiar los roles. Hombres y mujeres han de cuidar del hogar y de los hijos. Además los hijos tienen el derecho de relacionarse con ambos progenitores.

 

            La situación actual es en parte creada por un cierto feminismo victimista o revanchista que no lucha verdaderamente por una igualdad real sino que está en permanente conflicto con el hombre. Nosotros vemos la  necesidad de un feminismo igualitario real

 

            Los postulados del feminismo radical son que las mujeres tienen menos derechos debido a su rol de género; que los hombres tienen todo el poder; que los hombres han oprimido a las mujeres con el poder del patriarcado; que se debe de luchar por los derechos de las mujeres; que ha de preocupar solo el sufrimiento de las mujeres; que los problemas de las mujeres y del mundo son fruto de los hombres; se ve a las mujeres como victimas inocentes que deben ser protegidas; se percibe al feminismo como una liberación y al masculinismo como una reacción.

 

            Sin embargo opinamos que en la situación actual es el hombre el que está discriminado en bastantes aspectos y decimos:

 

-         Que los hombres necesitan apoyo para superar la desesperación que conlleva el verse privados del derecho a cuidar directamente de sus hijos.

-         Que los hombres necesitan apoyo cuando a causa de las custodias monoparentales a favor de la mujer pierden la relación afectiva con los hijos.

-         Que los hombres necesitan apoyo para atender el aumento de las acusaciones falsas de maltrato a la mujer y de abusos sexuales a los hijos con la finalidad de reducirle el régimen de visitas o quitarle la patria potestad sobre los mismos.

-         Que los hombres necesitan apoyo para no perder la relación con los hijos como consecuencia de la aparición del Síndrome de Alineación Parental.

-         Que los hombres necesitan apoyo para adquirir o alquilar una vivienda cuando la pierden tras un proceso de separación en que la custodia de los hijos se otorga a la madre y se le concede la vivienda familiar.

-         Que los hombres necesitan apoyo para vivir cuando el sueldo, tras el pago de pensiones, queda reducido por debajo del salario mínimo.

-         Que los hombres necesitan apoyo cuando a causa de los procesos de separación y falsas denuncias pierden negocios y trabajo.

-         Que los hombres necesitan para las asociaciones de defensa de sus derechos la misma ayuda institucional y el mismo trato económico que reciben las asociaciones de mujeres.

 

Nosotros decimos que hombres y mujeres han sufrido situaciones injustas a lo largo de la historia; que las mujeres han tenido más poder en la familia y el hombre en el trabajo fuera del hogar; que en la historia ha habido sociedades patriarcales y sociedades matriarcales; que se ha de luchar por la equidad entre hombres y mujeres; que se ha de atender el sufrimiento de hombres y de mujeres; que ambos sexos tienen responsabilidad de los problemas del mundo; que los hombres y mujeres son victimas de las injusticias; y denunciamos que el llamado feminismo radical no libera a los sexos sino que por el contrario aumenta la confrontación entre estos.  

 

ASPADISA